éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana ISABEL MARIA PINO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.528.415, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-0303-2017, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los siete (07) días del mes de Junio del año dos mil diecisiete (2018). AÑOS. 208° de la Independencia y 159º de la Federación.
LA JUEZ,
Abg. ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA,
Abg. NEYLA VELASQUEZ
En la misma fecha siendo la 01:32 p.m, se publicó y registro la anterior sen.....