DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y con fuerza en los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia y por autoridad de la ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA la transacción celebrada entre los ciudadanos YOXIS JEAN CARLOS BARRIOS, DAVID FERNANDO LÓPEZ, EMILSON EMILIO SALAZAR, NEPTALI RAMÓN BLANCO, ÁNGEL RAMÍREZ DEL CORRO, ALFONSO RAFAEL MARTÍNEZ, JORGE ALBERTO VELASQUEZ y GUSTAVO ENRIQUE GRIESE, titulares de las cédulas de identidad números V-21.108.717, V-13.671.692, V-17.959.652, V-11.563.669, V-18.536.784, V-24.288.583, V-16.105.666 y V-17.960. Asistido por la profesional del derecho MARÍA FABIOLA RODRÍGUEZ inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 100.609 , y la entidad de trabajo Sociedad Mercantil "RECOL, C.A.. asistido por el profesional del derecho Ab.....