De conformidad con lo establecido en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA en virtud del procedimiento por admisión de los hechos al ciudadano: JOSÉ LUIS POLEO RODRÍGUEZ, de Nacionalidad venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha: 23-03-73, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Fiscal de Transporte, Hijo de JUANA LOURDES PÉREZ RODRÍGUEZ (f) y de JUAN JOSÉ POLEO (F) y residenciada en: Macuto, La Veguita, parte alta del cerro, frente al puente, titular de la cédula de identidad N° 13.374.110. A CUMPLIR LA PENA DE DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, COMO AUTOR RESPONSABLE DE LA COMISIÓN DEL DELITO DE HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455, en su ordinal 4° del Código Penal;