Con base a los razonamientos expuestos, es Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Estado Vargas. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la solicitud de la Defensa Privada en cuanto al efecto Extensivo a la sustitución de la medida judicial de privación privativa de libertad, por una menos gravosas como es las medidas cautelares sustitutivas de libertad establecidas en el articulo 256 en los numerales 3, 4 y 8, del Código Orgánico Procesal Penal, recaída sobre la ciudadana : YÉSSICA NATHALIE BARRETO HERRERA, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionada en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas,