En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ACUERDA EL DESTINO AL ESTABLECIMIENTO ABIERTO en la ciudad de Cagua, Estado Aragua, al penado HU XIAOMING, quien es de nacionalidad China, natural de Guangdong, nacido en fecha 23-12-1981, de 26 años de edad, hijo de Hu Yu Xian y de Hu Qia Wen, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Calle Rondòn, Bazar Beijing, local 10-11, Cagua, Estado Aragua y portador de la cédula de identidad Nº E-82.291.179,, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo pernoctar dicho ciudadano en el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Félix Saturnino Angulo Ar.....