Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por NULIDAD DE ASAMBLEA DE PROPIETARIOS, interpuso el ciudadano ANTONIO ALVARADO, actuando como representante de la empresa C.A CREDITOS MUNDIALES, contra la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO ESTHER, representada por su Administrados, ciudadano: JAN PALACIOS, todos plenamente identificados en la presente decisión. Como consecuencia de lo anterior, improcedente el pronunciamiento sobre los pedimentos formulados en los particulares SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO DEL PETITORIO.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.