DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho, abogados OSCAR BORGES PRIM y PEDRO ALEXANDER VELASQUEZ, en su condición de apoderados judiciales de la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela, de fecha 06 de mayo de 2005, ello por considerar que el fallo recurrido carece de motivación, de conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia y a tenor de lo establecido en el encabezamiento del artículo 457 Ibidem se acuerda declarar la NULIDAD ABSOLUTA de la sentencia dictada en fecha 06 de mayo de 2005 por el Juzgado Segundo Unipersonal de Juicio Circunscripcional, en la que ABSOLVIO al ciudadano EDWIN JULIAN SIERRA BARRETO, de la comisión del delito de USO FRAUDULENTO DE SERVICIOS y EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 189 ordinal 2 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, así como las audiencias orales y públicas celebr.....