DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano CARLOS JULIO OVALLES CONTRERAS, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 16-12-1974, de 41, años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Luís Ovalles (v) y de Doris Contreras (v), residenciado en: Calle Canaima, con calle Trinidad, al lado de las escaleras amarillas, casa número 06, Caraballeda, barrio Corapal, calle la Victoria, casa Nº 52, a Parroquia Maiquetía, estado Vargas y titular de la cédula de identidad Nº V-12.387.363, teléfono: 0424-177-6132, acordándole un régimen de prueba de DOS (02) AÑOS, quedando obligado a cumplir las condi.....