Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por el ciudadano YORMAN ADRIAN ACEITUNO, debidamente asistido de abogado, mediante el cual solicita le sea decretado Título Supletorio suficiente a su favor, sobre un inmueble de cuatro (04) niveles de altura, de uso mixto residencial y comercial, ubicado en el sector palmar este, calle Deuville, con Boulevard Niza, casa S/N, Jurisdicción de la Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del estado La Guaira, código catastral N° 24-01-01-U01-001-S/C, tal como se evidencia del Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DPPCUC-OMTU-242-2022, emanado de la Dirección del Poder Popular para el Control Urbano y Catastro, Coordinación de Catastro. Vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el espacio de terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas "NO ES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO VARGAS", por lo que habiendo constancia en autos del respectivo certificado, cuyo contenido se ad.....