DISPOSITIVA
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por EXTINCION DE LA ACCION PENAL, por la comisión de uno de los delitos contemplados en la LEY SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA, referidos al delito de VIOLENCIAS FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la referida ley, seguida contra el ciudadano GARCIA DIAZ JORGE GERMAN, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V9.995.642, donde aparece como denunciante la ciudadana BOLIVAR DE GARCIA EVELYN DEL VALLE, venezolana, natural de La Guaira, mayor de edad, casada, de profesión u oficio del hogar, residenciada en el Barrio Vista al Mar, parte alta sector la Jungla, calle Virgen del Valle, casa sin número, Catia La Mar, Estado Vargas, de confo.....