SE DECLARO CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Articulo 185-A del Código Civil, y por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos LUISA MAGDALENA RAMOS y DIMAS SEBASTIAN PEREZ CURVELO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-4.301.331 y V-3.889.462, respectivamente, contraído por Ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del estado Vargas, bajo el Acta N 50, de fecha veinte 20 de diciembre de 2002, la cual corre inserta en los archivos de ese despacho