En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, a la ciudadana NELLY ALTAGRACIA DURAN MELO, de nacionalidad venezolana, natural de Santo Domingo, República Dominicana, nacida en fecha 07 de Agosto de 1972, de 35 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Comerciante, hija de Teófilo Durán (v) y Ernestina Melo (v), residenciada en Garita a Pepe Alemán, Casa N° 81, Esquina de Jesús, Casa N° 25, San Martín Parroquia San Juan, Caracas, Distrito Capital y titular de la cédula de identidad N° 14.595.942, como Medida alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el contenido del articulo 272 de la Constitución .....