Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano quien en vida respondiera al nombre de HARRINSON JOSE AGREDA MAYORA, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 26-05-1979, de 32 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.779.362, residenciado en EL Sector Canaima parte alta, la Ideal, a 50 metros de la Plaza, casa sin número, Parroquia Carlos Soublette, Catia La Mar, Estado Vargas, a quien se le seguía causa por la por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, de conformidad con lo previsto en el artículo 103 del Código Penal.....