En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ACUERDA EL TRABAJO FUERA DE ESTABLECIMIENTO, al penado ELKIN JOSE BLANCO POLO, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 30-03-1981, de 26 años de edad, hijo de Virginia de Blanco y de Vicente Blanco, de estado civil soltero, de profesión u oficio encargado de una avícola, residenciado en la Carretera Petare Santa Lucia, Fila de Mariche, Valle Fresco, kilómetro 15, casa Nº 03, teléfono Nº 0212-725.35.18, Estado Miranda y Titular de la Cédula de Identidad No. V-15.587.089, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo pernocta.....