por el ciudadano JULIO RAMIREZ, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio de unas bienhechurías, edificada a sus solas y únicas expensas, sobre un Terreno de Propiedad Municipal, ubicado en la Urbanización Miramar entre Calle Miramar y Calle la Playa, casa s/n, Jurisdicción de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, tal y como se evidencia del Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-232-2017, emanado de la Dirección General de Planeamiento y Control y Urbano, Dirección de Catastro Municipal; asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas "NO ES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO VARGAS", por lo que habiendo constancia en autos del respectivo certificado, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados po.....