En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACUERDA la aplicación del procedimiento ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y último aparte del artículo 373, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se le impone a la ciudadana: HERNANDEZ VIEZ LEIDYS MARGARITA, Indocumentada, de nacionalidad venezolana, nacida en La Guaira en fecha 19-10-1969, de 37 años de edad, estado civil Soltera, profesión u oficio del hogar, hija de PAULA HERNANDEZ y RAUL HERNANDEZ, residenciado en: Marlboro, calle la Pedrera, frente al puesto de hamburguesa Rigo, casa N° 23, Parroquia Carlos Soublette, Estado Vargas, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD prevista en el artículo 256 ordinal 3º del Código Org.....