DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, prevista en el ordinal 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano BRAULIO RAFAEL GONZÁLEZ HERNANDEZ, de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, Estado Vargas, con fecha de nacimiento 11-05-59, de 45 años de edad, de estado civil soltero , de profesión u oficio mecánico, hijo de Rafael González (v) y de Silvia Hernández (v), titular de la cédula de identidad N° 5.577.982, residenciado en la Sector Montesano, La Tropicana, Escalera Pública, Casa S/N°, Parroquia Maiquetía, Estado Vargas, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, y así mismo se ordena la aplicación del procedimiento ordinario de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 280 en concordancia con el artículo 373 ultimo aparte ejusdem.