Por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano JULIO CESAR DELGADO CASTRO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, donde nació en fecha 27 de Abril de 1971, de 37 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en la Urbanización La Victoria, calle 65, Avenida 74, casa 80/70, Maracaibo, Estado Zulia, hijo de María Castro (v) y de Resurrección Delgado (v) y titular de la cédula de identidad Nro. 12.440.683, de conformidad con lo establecido en los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 60 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psi.....