DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda con lugar la solicitud de la Defensa, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por el procedimiento ordinario, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 parte infine de la ley sustantiva penal. SEGUNDO: Se declara Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a los imputados HARSON ANTONIO RIVAS OSIO, de nacionalidad Venezolano, natural de la Caracas, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, nacido en fecha 11/09/1980, hijo de ANDRES ANTONIO RIVAS (F) y JULIA COROMOTO OSIO (V), residenciado en: Guarenas, estado Miranda, Calle Principal de Luís Pineda, Casa N° 54 al frente del Modulo, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.465.977, y el ciudadano FERNANDO JOSUE VALERA, de nacionalidad Venezolano, natural de la Caracas, estado civil soltero, profesió.....