En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al ciudadano MANUEL AGUSTIN LAYA PERALTA, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de la Guaira, nacido en fecha 15/08/1964, de 44 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio hotelero, hijo de Giorgina Laya y Manuel Agustín Laya, con domicilio en Urbanización Páez, Bloque 3, letra B, Piso 13, Apto 133, Catia La Mar, Estado Vargas y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.177.755, como Medida alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el contenido del articulo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; quedando obligado a cum.....