acordó revisar la sentencia dictada por el extinto Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público Circunscripcional de fecha 29-04-1999, mediante la cual condenó al ciudadano HERRERA RIVAS ERNESTO LUIS, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO y, en su lugar se rebaja la misma a DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículos 406 ordinal 1° del Código Penal vigente, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá cumplir con las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente.
Se declara CON LUGAR el recurso de revisión interpuesto.