Por todos los razonamiento antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del condenado JOSE VENANCIO HERNANDEZ ROJAS, de nacionalidad Venezolana natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 16 de abril de 1955, de 53 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-4.430.325, domiciliado en Calle el Paseo, Quinta N° 56, entre Av. Martínez y Roosevelt, Las Acacias, Caracas, por la comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes.....