DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: CONFIRMA la decisión emitida en fecha 29/06/2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial, mediante la cual acordó AMPLIAR EL PLAZO PRUDENCIAL por un (01) año, por la presunta comisión del delito de COOPERADOR INMEDIATO EN LA ADQUISIÓN DE DIVISAS MENDIANTE ENGAÑO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 18 segundo aparte de la Ley de Régimen Cambiario y sus Ilícitos y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en la causa seguida al ciuda.....