Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 272 constitucional, artículos 20, 52 y 56 del Código Penal, acuerda CONVERTIR EN CONFINAMIENTO EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA al penado CARLOS AUGUSTO CAMPOS SALAZAR, portador de la cédula de Identidad N° V-15.051.845, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 30-05-1979, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, domiciliado en San Agustín del Sur, El Aguacatito, entre la Ceiba y el Manguito, N° 39, Caracas y Plaza Vargas, Barrio Bolívar, Callejón 3, N° 22, La Guaira, estado Vargas, por el tiempo que le falta por cumplir de la pena, que sería de DOS (02) AÑOS, DOS (02) .....