DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho Dres. EVA YANES BOLIVAR y PIERO ANTONIO AFFRUNTI, en su carácter de defensores, de la ciudadana CARLA GABRIELA PEREIRA PINHEIRO, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.161.673, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 18 de Abril de 2018, en la audiencia preliminar, mediante la cual declaró CON LUGAR la solicitud fiscal y se mantiene la situación procesal de la ciudadana, que es, privada de lib.....