Se decreta medida cautelar sustitutiva a la privación de Libertad a favor de los adolescentes de Imputados ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, de 16 años de edad, No porta Cedula de Identidad, IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, de 14 años de edad, Titular de la cedula de Identidad N° V- y IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, de 14 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V- , de conformidad con lo establecido en los literales B, C y F del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a quién se les atribuye la presunta comisión del delito de FABRICACIÓN Y DETENTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 277 del Código Penal, Igualmente se rechaza la precalificación del delito de agavillamiento por no llenar los requisitos del artículo 286 del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda seguir el presente caso por la vía del Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 en su último aparte, del Código Orgánico Procesal Pe.....