En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA la privación judicial preventiva de libertad del ciudadano HECTOR ENRIQUE CORRO, de nacionalidad Venezolana, natural de la guaira, titular de la cédula de identidad Nº 17.710.026, nacido en fecha 28-08-1984, de 25 años de edad, hijo de Padre Desconocido y Bonita Algarrin (V), de profesión u oficio Obrero, residenciado en Sector Pueblo Arriba, Calle San Francisco, cerca de la iglesia, casa de color blanca con melón, Estado Vargas, en el Internado Judicial de Los Teques, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en concordancia con los numerales 2 y 3 del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTAN.....