: PRIMERO: Se decreta la aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a la ciudadana BEATRIZ DEL CARMEN GUERRERO BERNAL, de Nacionalidad Mejicana, Natural de Distrito Federal, República de Estado Unidos de México, nacida en fecha 21-09-1970, de 35 años de edad, de estado civil divorciada, de profesión u oficio encargada y promotora de eventos de modelaje, hija de María del Carmen Bernal Bastidas (V) y de Rubén Guerrero Vezcarra (v), residenciada en: Meter 8-12 Navarte entre diagonal y Xiola, Portadora del Pasaporte signado con el N° 05330049384; de conformidad con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el tráfico ilícito y el consumo de sustancias estupefacie.....