Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia número 693-2015 en concordancia con la sentencia 446-2014 emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos MARIA MAILE PARRA DE GUIA y ALEJANDRO CLARET GUIA OJEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.998.450 y V-4.115.752, respectivamente, contraído por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del Distrito Federal (hoy estado La Guaira), asentada bajo el N°235 del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevado por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.