En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL, POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA, al penado CARLOS ROMAN MÉNDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.529.584, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de la Azulita, nacido el 13-03-1979, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en Caño Zancudo Obispo Ramos de Lora, El Sumbador, Vía Panamericana Finca La Materita, Mérida, Estado Mérida, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 43, 83, 257, 272 de la Constitución de la República Bolivariano de Venezuela y 471 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 48 del Reglamento Interno de Centro de .....