DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos PRIMERO: AUTORIZA EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, a la penada: ANA MARIA HURTADO SANCHEZ, titular del pasaporte N° AC754051, de nacionalidad Española, nacida en fecha 17-12-56, de 50 años de edad, soltera, de profesión u oficio cocinera, residenciada en: CONJUNTO RESIDENCIAL, LA CASCARITA, ANTIGUA CARRETERA CARRIZAL, LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: deberá pernoctar dicha ciudadana en el Centro destinado para tal fin. TERCERO: la mismo cumplirá las condiciones establecidas en la presente decisión, las cuales son del tenor siguiente: 1.- Pre.....