DISPOSITIVA.-
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano JEISON JESÚS MAYORA VÁSQUEZ, de nacionalidad Venezolana, nacido en La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 19-11-1993, de 22, años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Belkis Vásquez (v) y de José Mayora (v), residenciado en: Sector Callejón el Suceso, casa sin número de color naranja, al lado del poste, Parroquia Catia La Mar, estado Vargas, y titular de la cédula de identidad Nº V-21.195.477, por el tiempo de SIETE (07) MESES, UN (01) DÍAS, CON DOCE (12) HORAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 497, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 15-06-2012, en concordancia con lo establecido en los artículos 155 y .....