Es por estos razonamientos, que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: YILMARY GABRIELA QUINTERO ARTIGAS y YONNIS ALEXANDER GARCIA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, habiles en derecho, titulares de las Cedulas de Identidad N° V-13.484.967 y Nº V-11.397.509, domiciliados la primera en la Urbanización Prados del Sol, sector Venezuela, Transversal 4, Calle 12, Manzana Y, Casa Y-01, Araure, Municipio Araure del Estado Portuguesa, teléfono 0412-8707106, correo electrónico: yilmarygabriela@gmail.com, y el segundo en el Barrio Colombia Sur, Parroquia Guanare, Municipio Guanare Estado Portuguesa, numero de teléfono: +51917916061, asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio ROSXANDER GUADALUPE ROJAS GO.....