acuerda DECLARAR INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por la profesional del derecho YURIMA VASQUEZ VASQUEZ a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), ello de conformidad con lo establecido en el ordinal 1º del artículo 6º de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.