Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por el ciudadano FELIX VIDAL HENRIQUEZ venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V-4.559.546, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio suficiente a su favor, sobre una bienhechuría, cuyos linderos y medidas, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, ubicada en el Barrio Zamora, Calle las Acacias, Vereda N°3, Casa N°35, Jurisdicción de la Parroquia Catia la Mar, Municipio Vargas del estado La Guaira, tal como se evidencia del informe de inspección NºDPPCUC-CTM-200-2022, emanado de la Dirección del Poder Popular para el Control Urbano y Catastro, Coordinación de Catastro. Vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el espacio de terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas "ES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO VARGAS", por lo que habiendo const.....