DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Fiscal del Ministerio Público y se Ordena la Medida de Privativa Preventiva de Libertad, al imputado HUMBERTO MANUEL PEINADO, titular de la cédula de identidad Nº 6.651.973, por estar llenos los extremos de los artículos 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 376 único aparte del Código Penal y SUMINISTRO DE SUSTANCIAS NOCIVAS A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 263 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por estar llenos los extremos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, declarando SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la defensora pública, en el sentido de .....