Dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARAN SIN LUGAR los alegatos esgrimidos por el abogado ELIO OMAR RANGEL TROCELL, contra la decisión dictada por este Órgano Colegiado en fecha 13/11/2008, en la que se DECLARO LA TEMERIDAD de la Recusación interpuesta por el referido abogado, en su carácter de defensor del ciudadano JOSE ALEXANDER RADA RODRIGUEZ, en contra de la Jueza Abg. CELESTINA MENDEZ TEXEIRA, en su carácter de Juez Tercera de Juicio de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: SE IMPONE al abogado ELIO OMAR RANGEL TROCELL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.540.089, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 98.590, sanción procesal que deviene de la acción temeraria en contra de la Jueza Tercera de Juicio Circuncripcional; y en consecuencia queda obligado a cancelar la MULTA DEL EQUIVALENTE EN BOLIVARES DE CIEN (100) UNIDADES TRIBUTARIAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Org.....