ABSUELVE de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JORGE LUIS MARTINEZ FAJARDO, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, donde nació en fecha 24/06/1985, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Supervisor de la Misión Robinson, hijo de: José Elías Martínez ((V) y Milagros Fajardo (F), residenciado en: Calle Nueva, los Dos Cerritos, parte alta, casa sin número detrás de la Bomba Tropical, Pariata, Parroquia Maiquetía, Estado Vargas, titular de la cedula de identidad N° 18.756.814, de la acusación efectuada en su contra por la representante del Ministerio Público, Dr. GUSTAVO GONZALEZ, de la presunta comisión del delito de DISTRIBICION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN MENOR CUANTIA, previsto y sancionado en el ultimo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente pata la fecha de los hechos.