A tal efecto se DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los derechos de propiedades que le corresponden a la demandada, ciudadana IVETH JACQUELINE GARCIA AGUILAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro V-11.563.178; constituidos por: "A) Un inmueble constituido por una casa distinguida con el número 63, (Registro de Bienhechurías del año 2001), de 4 habitaciones, dos baños, una sala, construida sobre una parcela de terreno, con una superficie aproximada de cincuenta y cuatro metros cuadrados con ochenta y seis centímetros (54,86 Mtros2) con diecisiete metros con ochenta y cinco centímetros (17,80 Mts) de largo por ocho metros con setenta centímetros (08,70 mts), de frente, ubicada en El Gran Roque, Dependencia Federal del Gran Roque, Archipiélago Los Roques, y que fuera adquirido por la cónyuge HENRIK LINDE BRATFELDT, tal como consta en documento de compra venta autenticado ante al Notaria Vigésimo Segunda d.....