Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: , DECLARA SIN LUGAR LA RECUSACIÓN planteada por la profesional del derecho Dra. XIOMARA BLANCO DELGADO, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JESÚS MANUEL BLANCO DELGADO, titular de la cédula de identidad N° V-5.090.427, en su condición de víctima, en contra de la Dra. LEIDYS ROMERO GARCIA, Juez del Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estada y Municipal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, por considerar que no se encuentra incurso en la causal prevista en el artículo 89, numeral 8, del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que, la referida Jueza DEBERÁ continuar conociendo de la causa, a tenor de lo establecido en el artículo 97 eiusdem.