DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara CULPABLE, al ciudadano DA COSTA PEIXOTO ANASTACIO titular de la cédula de identidad E-807.081, nacido en la ciudad de Portugal, en fecha 09/08/1943, estado civil casado, de 69 años de edad, hijo de MANUEL PEIXOTO (f) y de ESMERALDA ACOSTA (f), residenciado en: Avenida Miramar, Quinta Taza Corte, Palmar Oeste, Caraballeda, Estado Vargas de la comisión de los delitos de Violencia Psicológica Y Amenaza previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de la ciudadana Carmen Gloria Acosta de Da Costa, titular de las cédula de identid.....