CONDENA por el procedimiento de Admisión de Hechos, al acusado IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en el encabezamiento de este fallo, por encontrarlo penalmente responsable de la comisión del delito ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON EN GRADO DE FRUSTRACION, tipificado en el artículo 458 parte infine concatenado con el artículo 80 ambos del Código Penal, a cumplir las siguientes sanciones simultáneamente: LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de Un (01) año, obligándose a someterse a la supervisión, asistencia y orientación de una persona designada por el Juez de Ejecución de acuerdo al artículo 626 de la LOPNA, SERVICIO A LA COMUNIDAD por seis (6) meses, laborando ocho (8) horas semanales en un servicio que designará el Juez de Ejecución., conforme al artículo 625 ejusden y también simultáneamente REGLAS DE CONDUCTA genéricas por el lapso de Un (1) Año conforme al artículo 624 de la misma Ley in comento, las cuales dispondrá también el Juez de Ejecución y que podrá tomar como sugere.....