ACUERDA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano HÉCTOR DAVID TOVAR, de nacionalidad venezolana, natural de La Victoria Estado Aragua, nació el 23-12-1964, de 44 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Publicista, residenciado en Calle Las Animas, Casa S/Nº, Caucagua, Municipio Autónomo Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda, y titular de la cédula de identidad N° 8.812.725, por considerar que se encuentran llenos los extremos legales exigidos para su concesión, todo ello de conformidad el artículo 493 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal y en el artículo 60 de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, beneficio que culminara el 20 de Abril de 2011.