DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA, de tres (03) años, diez (10) meses y doce (12) días de prisión, impuesta al ciudadano RUBEN DARIO MATUTE, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 24-04-1984, de 28 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio mesonero, hijo de RUBEN DARIO RIVAS (v) y de OFELIA MATUTE (V), titular de la cedula de Identidad Nº 17.959.553, residenciado en: Blanquita de Pérez, Caraballeda, sector 02, casa S/N, cerca del refugio, teléfono 0426-6103170, estado vargas, mediante sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Estado Vargas, en fecha 21-09-2012, mediante la cual lo condenó a cu.....