DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en contra del ciudadano RICARDO JOSE VALERO ANGOLA, arriba identificado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 2º, del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho objeto del proceso es atípico y, como consecuencia de ello, el cese de las medidas cautelares sustitutivas a la privación judicial preventiva de libertad impuestas al mismo en fecha 30 de Octubre de 2005 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, conforme a lo establecido en el artículo 256 ordinales 3°, 6° y 7°, ejúsdem.