Se declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por la parte demandada, ciudadana MILEYDI NINOSKA RODRÍGUEZ GRATEROL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-11.059.906, debidamente asistida por el Defensor Público DAVID BRAVO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.181, contra la sentencia dictada por el Tribunal Quinto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha 14 de marzo de 2016, en consecuencia, se confirma la misma. Así se decide. SEGUNDO: CON LUGAR la acción de DESALOJO POR NECESIDAD DE USO DEL INMUEBLE intentada por los ciudadanos TERESA GONCALVES DE SOUSA, FAMITA MARÍA DE SOUSA GONCALVES, MARÍA JOSE DE SOUSA DE PAREDES, TERESA DE SOUSA DE PESCA, MARIA GORETTI DE SOUSA GONCALVES, JUAN ORLANDO DE SOUSA GONCALVES, JOSE NELSON DE SOUSA GONCALVES y SUSANA DE SOUSA GONCALVES, ya identificados en el cuerpo del presente fallo, contra.....