En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano CASTRO ESCOBAR YUVER WLADIMIR, portador de la Cédula de Identidad N° V-19.797.497, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, nacido en fecha 26/10/1989, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Margaret Escobar (V) y Alcántara Castro (f) y con residencia en: Calle el Tamarindo, El Cardonal, casa s/n, la Guaira, estado Vargas, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Vigente para la fecha .....