PRIMERO: ADMITE el recurso de revisión interpuesto por el Abogado FRANK REINALDO ROMAN CAÑIZALEZ, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano JESUS ALBERTO VERGARA BRAVO, titular de la cédula de identidad Nº 16.276.521, en razón de la sentencia definitivamente firme publicada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Control del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, en fecha 18/11/2011, en la que fue CONDENADO a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION Y ALEVOSIA, previsto y sancionado en artículo 406 numeral 1 del Código Penal.
SEGUNDO: SE ACUERDA suprimir la celebración de la audiencia oral y pública a que se contrae el primer aparte del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, ello a tenor de lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en consecuencia, se ACUERDA igualmente, resolver el presente recurso dentro del lapso contemplado en el t.....