Se DECLARA INADMISIBLE a tenor de lo establecido en el artículo 428 literal "b" del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Dra. PAULA ZIRI CASTRO, en su carácter de Defensora Privada de la ciudadana MARGUILY YOSMAR VELIZ PARADAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.194.659, en contra de la decisión dictada en fecha 25 de Septiembre de 2019, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECLARO SIN LUGAR LA SOLICITUD DE NULIDAD ABSOLUTA del otorgamiento del beneficio de la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, a favor de la precipitada ciudadana, por la presunta comisión de los delitos de OBTENCION ILEGAL DE DIVISAS en Grado de COMPLICE NECESARIO, previsto y sancionado en el artículo 18 de La Ley de Ilícito Cambiario y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terroris.....