CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 01 de mayo de 2013, mediante la cual DECRETÓ MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano NELSON JOSE GUZMAN PERALES, titular de la cédula de identidad Nº V-19.914.604, por la presunta comisión de los delitos de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE COLECTIVO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 357, tercer aparte y 277 ambos del Código Penal y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ello por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Defensa Pública.